Darse de alta como autónomo en 2026: pasos, cuota, tarifa plana y obligaciones
Guía práctica para hacerse autónomo en España en 2026: trámites en Hacienda y Seguridad Social, cuánto pagarás de cuota, cómo funciona la tarifa plana de 80 € y qué impuestos y declaraciones tendrás que presentar.
Hacerse autónomo en España es un trámite relativamente rápido, pero conviene entender antes qué vas a pagar y qué obligaciones asumes, porque las sorpresas suelen llegar en el primer trimestre. Esta guía recorre el proceso completo con los datos vigentes en 2026.
1. Alta en Hacienda (modelo 036 o 037)
El primer paso es comunicar a la Agencia Tributaria que empiezas una actividad económica. Se hace por internet con certificado digital o Cl@ve, con el modelo 037 (simplificado) o 036. Tendrás que indicar el epígrafe del IAE que describe tu actividad, la fecha de inicio, el régimen de IVA y el de IRPF (normalmente estimación directa simplificada). No cuesta nada y es inmediato.
2. Alta en la Seguridad Social (RETA)
En los 60 días anteriores al inicio de la actividad (o como máximo el mismo día) debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a través de Import@ss. Ahí declararás tu previsión de rendimientos netos, que determina tu tramo de cotización y, por tanto, tu cuota mensual. Puedes cambiar esa previsión hasta seis veces al año.
3. Cuánto pagarás: la cuota de autónomos
Desde 2023 se cotiza por ingresos reales. En 2026 hay 15 tramos, con cuotas que van de 205,88 € (rendimientos netos hasta 670 € al mes) a 607,31 € (más de 6.000 € al mes), incluido el MEI del 0,9 %. Un autónomo con unos 2.000 € netos mensuales paga en torno a 324 €. Puedes ver tu tramo exacto en la calculadora de cuota de autónomos.
| Rendimiento neto mensual | Cuota 2026 |
|---|---|
| Hasta 670 € | 205,88 € |
| 900 – 1.166,70 € | 267,64 € |
| 1.300 – 1.700 € | 302,64 € |
| 2.030 – 2.330 € | 329,41 € |
| 2.760 – 3.190 € | 380,85 € |
| 4.050 – 6.000 € | 514,61 € |
| Más de 6.000 € | 607,31 € |
4. La tarifa plana: 80 € al mes
Si es tu primera alta (o llevas más de dos años sin ser autónomo), durante los primeros 12 meses pagas una cuota fija de 80 €, sea cual sea tu facturación. Puedes prorrogarla otros 12 meses si tus rendimientos netos quedan por debajo del salario mínimo. Varias comunidades (Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares, entre otras) la bonifican íntegramente, así que en la práctica la cuota es cero. Consulta la web de tu comunidad antes de darte de alta.
5. Obligaciones fiscales trimestrales
- Modelo 303 (IVA): cada trimestre declaras el IVA que has cobrado y restas el que has pagado en gastos deducibles. Plazos: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero. Puedes calcular cualquier factura con la calculadora de IVA.
- Modelo 130 (pago fraccionado de IRPF): el 20 % del rendimiento neto acumulado en el año, menos lo ya pagado. No es obligatorio si más del 70 % de tus ingresos llevan retención (habitual en profesionales que facturan a empresas).
- Modelo 390 y 100: resúmenes anuales de IVA (enero) y la declaración de la renta (abril-junio), donde se liquida definitivamente el IRPF.
6. Gastos deducibles habituales
Cuota de autónomos, material y suministros de la actividad, alquiler de local o coworking, parte proporcional de la vivienda si trabajas en casa (el 30 % de los suministros de la parte afecta), gestoría, software, formación, teléfono e internet de uso profesional, y un 7 % adicional de gastos de difícil justificación (máximo 2.000 € al año). Guarda todas las facturas: sin factura completa a tu nombre, el gasto no es deducible.
7. Errores frecuentes al empezar
- No reservar el IVA cobrado: no es tuyo, es de Hacienda. Apártalo en una cuenta aparte en cuanto cobres.
- Declarar una previsión de ingresos muy baja para pagar menos cuota: al año siguiente la regularización te reclamará la diferencia de golpe.
- Olvidar la retención del 15 % (7 % los dos primeros años) en las facturas a empresas y profesionales.
- No tener un fondo de emergencia mayor que un asalariado: como autónomo, tres meses sin ingresos son posibles. Calcula el tuyo en la guía del fondo de emergencia.
Esta guía es informativa. Las cuotas, bonificaciones y plazos cambian cada año; para tu caso concreto, un gestor te ahorrará tiempo y errores.